Emiten resolución sobre armas no letales autorizadas para serenazgo

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El Ministerio del Interior aprobó anoche las características de los medios de defensa para el personal de serenazgo municipal. Entre ellos se incluyen pistolas de descarga eléctrica, como parte de acciones para fortalecer la seguridad ciudadana.

Detalles de la resolución ministerial

La medida se anunció a través de la Resolución Ministerial N.º 0323-2026-IN, publicada en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario El Peruano. La norma cuenta con 5 artículos y está firmada por el ministro del Interior, Hugo Begazo.

El titular del Mininter manifestó que la seguridad ciudadana exige un trabajo articulado entre el Gobierno nacional, la Policía y los gobiernos locales. “El serenazgo cumple un rol esencial en ese esfuerzo porque es la primera línea de presencia en nuestras calles. Con estas medidas estamos fortaleciendo su capacidad de acción para enfrentar la delincuencia con mayor eficacia en coordinación con nuestra Policía”, señaló.

Seis medios de defensa autorizados

La resolución comprende seis medios de defensa: grilletes de seguridad, escudos, bastones tonfa, aerosoles de pimienta, chalecos antibalas y pistola eléctrica o de electrochoque.

Estas características mínimas servirán de base para los procesos de adquisición e implementación que realicen las municipalidades. Así, se promueve una actuación más ordenada, uniforme y responsable del serenazgo municipal.

Finalidad y capacitación

La norma precisa que estos implementos tienen como finalidad prevenir y disuadir la comisión de delitos y faltas. Siempre se debe respetar los derechos fundamentales de las personas.

En esa línea, el Ministerio del Interior tendrá a su cargo la difusión y capacitación del contenido aprobado para facilitar su implementación. Esta medida consolida un marco común para el trabajo articulado entre el Gobierno nacional y los gobiernos locales en materia de seguridad ciudadana.

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