La Dirección de Gracias Presidenciales del gobierno de José María Balcázar concluyó que la solicitud presentada a favor de José Pedro Castillo Terrones no reúne las condiciones establecidas en el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales. Por lo tanto, descartó iniciar la evaluación del beneficio solicitado.
A través de un informe suscrito el último 20 de julio por Jhoner Quispe Romani, titular de la Dirección de Gracias Presidenciales, se precisa que dicha solicitud “no cumple con los requisitos exigidos, por lo que no resulta posible evaluar la gracia presidencial solicitada”.
En el documento se advierte que la solicitud no presentó los requisitos exigidos por el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales para la evaluación de una gracia presidencial a favor del exmandatario. Esto se debe a que no define claramente el tipo de gracia presidencial que solicita.
“La evaluación de una gracia presidencial requiere cumplir con la formalidad y requisitos exigidos por el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales. En ese sentido, de la revisión de la solicitud presentada por el congresista de la República Elías Marcial Varas Meléndez a favor de José Pedro Castillo Terrones, se aprecia que no cumple con los requisitos exigidos, por lo que no resulta posible evaluar la gracia presidencial solicitada”, concluye el referido informe.
Requisitos que no cumplió
El documento, elaborado por la Dirección de Gracias Presidenciales, explica que toda solicitud de gracia presidencial debe respetar los requisitos mínimos fijados en los artículos 20, 22 y 23 del Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales.
Entre esos requisitos figuran la presentación de una solicitud de gracia presidencial y una declaración jurada, ambas firmadas por el solicitante. En este documento el solicitante manifiesta conocer que el trámite resulta completamente gratuito.
La evaluación técnica también recordó que, cuando el pedido corresponde a una gracia humanitaria para una persona privada de libertad, el procedimiento exige documentación adicional.
En ese escenario, el reglamento dispone que el expediente incorpore la copia digitalizada de la historia clínica del interno. Además, debe incluir un informe médico emitido por un profesional del Instituto Nacional Penitenciario o, de corresponder, por un médico del Ministerio de Salud o EsSalud, conforme a las condiciones previstas por la normativa.
Revisión del expediente
Tras revisar el expediente remitido al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Dirección de Gracias Presidenciales determinó que la documentación enviada por el parlamentario no cumple los requisitos exigidos. Por tal motivo, no se puede analizar una gracia presidencial a favor de José Pedro Castillo Terrones.
El informe agrega que la solicitud tampoco identifica de manera expresa cuál de las modalidades de gracia presidencial pretende obtener. Esto resulta indispensable, ya que el reglamento contempla diferentes tipos de beneficios para la población penitenciaria.
El análisis también reconstruyó el recorrido administrativo del expediente. Según el informe, la Subsecretaría General del Despacho Presidencial trasladó al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante el Oficio N.° 009180-2026-DP/SSG, fechado el 14 de julio de 2026, la comunicación enviada por el congresista. La Dirección de Gracias Presidenciales sostuvo que la solicitud presentada por el congresista no satisface los requisitos previstos, quien solicitó el otorgamiento de una gracia presidencial para el exmandatario.
La Dirección de Gracias Presidenciales recordó que ejerce la Secretaría Técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales y recibe las solicitudes para realizar la calificación correspondiente antes de que la comisión evalúe cada caso. En ese contexto, el informe enfatiza que el cumplimiento de las formalidades constituye un requisito previo e indispensable para que el procedimiento continúe.
Conclusión del informe
En sus conclusiones, la Dirección de Gracias Presidenciales sostuvo que la solicitud presentada por el congresista no satisface los requisitos previstos por el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales y, por esa razón, “no resulta posible evaluar la gracia presidencial solicitada”.
Finalmente, el informe recomendó remitir el expediente al Despacho Viceministerial de Justicia para que atienda el caso y brinde la respuesta correspondiente al legislador. Esto debe hacerse conforme al procedimiento administrativo previsto.
Situación judicial de Castillo
Recordemos que el pasado 4 de diciembre, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema condenó a Pedro Castillo a 11 años, 5 meses y 15 días de prisión al hallarlo responsable del delito de conspiración para rebelión a raíz de su fallido golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022. Actualmente, cumple esa condena en el establecimiento penitenciario Barbadillo, ubicado en el distrito limeño de Ate.
Además, Castillo Terrones afronta una investigación preparatoria, bajo mandato de prisión preventiva, por los presuntos delitos de organización criminal y otros en agravio del Estado peruano. Esto es a raíz de los casos de corrupción acumulados PetroPerú, Puente Tarata y Ministerio de Vivienda.






















