Publicaron norma para procesar a menores de 16 y 17 años que delincan como adultos

Modifica el Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.

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Modifica el Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.

El Poder Ejecutivo promulgó un Decreto Supremo que permite que adolescentes de 16 y 17 años sean procesados bajo las reglas del sistema penal de adultos cuando cometan delitos graves. La medida fue publicada en el Diario Oficial El Peruano y modifica el Reglamento del Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.

Según el Decreto Supremo Nº 022-2025-JUS, esta disposición forma parte de una reciente reforma del Código Penal. El cambio legal establece una ampliación de la responsabilidad penal para los adolescentes de ese rango de edad que incurran en delitos de alta gravedad.

El nuevo decreto modifica la normativa vigente para que los adolescentes entre 16 y 17 años puedan ser juzgados dentro del sistema penal ordinario.

Esta decisión se aplica en casos como homicidio simple, homicidio calificado, lesiones graves, secuestro, violación sexual, terrorismo, tráfico ilícito de drogas y organización criminal.

En total, la norma contempla más de 30 tipos penales considerados de especial gravedad, incluyendo también el sicariato, la extorsión, la trata de personas y el robo agravado.

Pese a la inclusión de estos jóvenes en el sistema penal de adultos, la norma aclara que seguirán amparados bajo el principio del interés superior del adolescente.

Este principio implica que los adolescentes recibirán un tratamiento penitenciario diferenciado, enfocado en la rehabilitación y el respeto de sus derechos fundamentales.

La norma no elimina la condición especial de los menores de edad dentro del sistema, sino que habilita el procesamiento penal ordinario en contextos donde se haya cometido un delito grave, sin modificar su condición jurídica de adolescentes.

El Decreto Supremo incorpora el artículo 5-A, que introduce el principio de flexibilización. Este nuevo criterio permite asignar a cada adolescente interno un régimen penitenciario adecuado a su perfil personal y social, en lugar de aplicar el modelo progresivo estándar que rige para adultos.

De esta manera, el sistema podrá determinar el tipo de reclusión que se ajusta a la situación específica de cada menor procesado, según su comportamiento, nivel de riesgo y entorno personal.

La norma también establece que tanto adolescentes como jóvenes de entre 16 y 21 años serán evaluados bajo un sistema de individualización científica.

Este proceso analizará factores como la edad, el entorno social, el nivel de desarrollo psicológico y otros elementos relevantes para definir el tratamiento penitenciario y el lugar donde deberán cumplir su condena.

El objetivo de esta medida es garantizar una respuesta adecuada a la etapa evolutiva del procesado, alineada con estándares de rehabilitación y protección de derechos.

Más de 30 tipos penales en la nueva disposición

El listado de delitos para los cuales los adolescentes pueden ser juzgados como adultos incluye delitos contra la vida, la integridad, la libertad y el orden público. Entre ellos están el homicidio calificado, el feminicidio, la violación sexual de menores, la trata de personas, el terrorismo y el narcotráfico.

La medida ha sido publicada como parte de los esfuerzos normativos del Ejecutivo por actualizar el tratamiento de delitos cometidos por menores, especialmente en situaciones que involucren altos niveles de violencia.

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