Keiko Fujimori afirma que el fallo del Tribunal Constitucional obedece a la justicia y corrige errores

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La lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, afirmó que el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que declaró fundada su demanda para dejar sin efecto el proceso que se le sigue por el presunto delito de lavado de activos, obedece a la justicia y corrige errores.

En compañía de su abogada Giulliana Loza, recalcó que acá no se trata de ver los colores políticos, sino de impartir justicia, como ahora se ha hecho tras el fallo del TC. «Este es un fallo que obedece a la justicia y que corrige errores y arbitrariedades y lo que todos esperamos es que la justicia sea ciega y no mire colores políticos para usarla en contra», indicó Fujimori Higuchi en conferencia de prensa.

Agregó que ahora está dando la cara sin rencor y con la frente en alto, porque cree en el debido proceso y no en el linchamiento político.

Precisamente, el Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda presentada por la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, para dejar sin efecto el proceso que se le sigue por el presunto delito de lavado de activos en el denominado caso Cocteles.

«Nuestro reclamo no es contra la justicia, sino contra la deformación y contra quienes usaron la justicia como arma política», recalcó Fujimori Higuchi a la prensa.

Consultada sobre si presentará una demanda contra los fiscales que llevaron el caso en su contra, dijo que ella no los denunciará, pero dijo que su partido puede evaluarlo y los más de 40 acusados están en su derecho de hacerlo.

Tribunal Constitucional emite resolución que anula el caso Cocteles que implicaba a Keiko Fujimori

El Tribunal Constitucional (TC) emitió una sentencia que anula por completo el caso Cócteles, investigación que por casi una década sostuvo el Ministerio Público contra Keiko Sofía Fujimori Higuchi.

La decisión -adoptada por mayoría en el expediente de hábeas corpus presentado por su abogada Giulliana Loza Ávalos- establece que el proceso penal seguido contra la líder de Fuerza Popular violó el principio de legalidad penal y el derecho a la tutela procesal efectiva.

El pleno jurisdiccional del TC, integrado por los magistrados Pacheco Zerga, Domínguez Haro, Morales Saravia, Gutiérrez Ticse, Monteagudo Valdez, Ochoa Cardich y Hernández Chávez, determinó que el caso debía declararse nulo y sin efecto desde sus inicios, comprendiendo tanto la investigación preliminar de 2017 como la nueva acusación fiscal presentada el 2 de julio de 2025.

Origen del caso Cocteles

El caso Cócteles nació en 2016 como una derivación del megacaso Lava Jato. La Fiscalía acusó a Keiko Fujimori de haber recibido aportes ilícitos de empresas como Odebrecht durante las campañas electorales de 2011 y 2016, bajo el pretexto de «cócteles de recaudación de fondos».

A lo largo de los años, el Ministerio Público -bajo la conducción del Equipo Especial Lava Jato, con José Domingo Pérez a la cabeza- amplió la investigación e imputó a Fujimori los delitos de lavado de activos, organización criminal, obstrucción a la justicia y falsa declaración en procedimiento administrativo.

En marzo de 2021 se presentó la acusación formal, y en 2024 se instaló el juicio oral. La defensa de Fujimori sostuvo desde el inicio que el caso estaba viciado por defectos estructurales y por una aplicación retroactiva de la ley penal.

Resolución del TC

La sentencia del TC declara fundada la demanda de hábeas corpus interpuesta por la defensa de Keiko Fujimori. En consecuencia, anula todas las resoluciones judiciales y fiscales desde el inicio de la investigación, así como la última acusación fiscal presentada en julio de 2025.

«Declarar nulas y sin efecto tanto la resolución 35 (Incidente 186)… como la resolución 46 (Incidente 186)… y sin efecto todos los actos precedentes del proceso seguido desde el inicio de las investigaciones preliminares», señala textualmente el punto cuarto del fallo.

Asimismo, el TC ordenó al Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional «resolver dentro del más breve término» la situación jurídica de Keiko Fujimori, lo que implica que el juez deberá archivar el proceso conforme a lo dispuesto en la sentencia.

Violación del principio de legalidad

El núcleo del pronunciamiento radica en el principio de legalidad penal, piedra angular del derecho constitucional.

El TC subrayó que el delito de lavado de activos en la modalidad de recepción patrimonial —figura usada por la Fiscalía para acusar a Fujimori— no existía al momento de los hechos imputados. Aquella modalidad fue introducida recién el 26 de noviembre de 2016 mediante el Decreto Legislativo 1249.

«Asumir que antes de dicho momento hubo un delito como el imputado implicaría realizar una aplicación retroactiva y desfavorable de la ley penal, afectando gravemente el principio de legalidad penal», precisó el TC en su fundamento central.

En simple: la Fiscalía acusó a Keiko por un delito inexistente en las fechas de las campañas de 2011 y 2016, lo cual vulnera el artículo 2 inciso 24 literal d) de la Constitución y el artículo 9 del Código Penal.

Una finalidad política no es un delito

El Tribunal también descartó que la organización de Keiko Fujimori califique como una «organización criminal», desarmando otro de los pilares de la acusación.

«Tampoco cabe alegar el delito de organización criminal, ya que dicha modalidad implica la existencia de multas delictivas y/o beneficios económicos ilícitos, lo que, sin embargo, nada tiene que ver con una finalidad política plenamente legítima como es el ganar elecciones», sostiene el texto.

Este razonamiento marca un precedente relevante: el TC deja en claro que los partidos políticos, por su naturaleza, no pueden ser tratados como estructuras criminales solo por su magnitud interna o su participación electoral.

Ahora cuál es el camino de la decisión del TC

Tras el fallo, el Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional deberá emitir una resolución acatando la orden del TC. En la práctica, eso significa que el proceso penal quedará archivado.

Si el juez cumple literalmente la sentencia —como está obligado por el artículo 118 del Código Procesal Constitucional—, no quedará expediente válido ni acusación vigente contra Keiko Fujimori por el caso Cocteles.

El principio de cosa juzgada constitucional impide que el Ministerio Público reabra el mismo caso con base en los mismos hechos. Y aun si la Fiscalía intentara imputar nuevos delitos, se toparía con la prohibición del ne bis in ídem (no ser juzgada dos veces por el mismo hecho).

Impacto para el Equipo Especial Lava Jato

La sentencia representa un duro golpe para el Equipo Especial Lava Jato, que dirigió por años las investigaciones más sensibles del país contra expresidentes y líderes políticos.

El fallo cuestiona directamente la base legal y metodológica de las imputaciones formuladas en el caso Fujimori, lo que abre la puerta a una revisión de otros procesos con características similares.

En la práctica, el TC está diciendo que hubo una construcción penal sobre hechos no tipificados, lo que pone en entredicho la validez de las acusaciones elaboradas bajo la misma lógica jurídica. Además, la resolución podría debilitar la legitimidad institucional del Equipo Especial y del propio Ministerio Público, al evidenciar errores procesales y violaciones constitucionales de fondo.

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