En cumplimiento del requerimiento del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Municipalidad Distrital de Wanchaq realizó una sesión de concejo extraordinaria para evaluar el Expediente N.º 2025011096. Tras la votación, el pleno de regidores aprobó con 8 votos a favor y 1 en contra la vacancia del munícipe Sorel Peña.
La decisión se sustentó en la causal establecida en la Ley Orgánica de Municipalidades. Esta ley dispone la vacancia por ausencia de la jurisdicción municipal por más de treinta días consecutivos sin autorización del Concejo. El JNE había ordenado que el Concejo sesione y emita su pronunciamiento dentro del plazo legal. Esto se debió a que el incumplimiento de este mandato habría significado incurrir en omisión de funciones.
Proceso legal y sin motivación política
El procedimiento respondió estrictamente a un mandato legal y administrativo, sin carácter político. Esto fue así pese a los intentos del regidor cuestionado y su defensa de presentarlo como una disputa partidaria. En realidad, el pedido de vacancia se sustentó en la infracción a la Ley Orgánica de Municipalidades. Fue el propio JNE quien, tras recibir la solicitud, dispuso remitir el expediente a la Municipalidad de Wanchaq para su evaluación correspondiente.
Ahora, el regidor vacado tiene la posibilidad de apelar ante la segunda y definitiva instancia: el pleno del Jurado Nacional de Elecciones.






















