Decano del Colegio de Abogados del Cusco había advertido días atrás sobre problemas legales en el Plan de Contingencia.
Ante los hechos relacionados con el denominado Plan de Contingencia que la Municipalidad de Urubamba implementó en tiempo récord para intentar evitar la afectación a miles de turistas desde el pasado 5 de septiembre, debido a no haber efectuado a tiempo el proceso de licitación para contar con un nuevo operador en la ruta hacia Machu Picchu por el vencimiento del contrato de concesión de Consettur, un equipo de la Contraloría General de la República intervino dicha municipalidad.
El equipo de trabajo está integrado por Juan Carlos Arzola Tong en su calidad de jefe de equipo y Carlos Baldera Morán como integrante del grupo de trabajo.
En la comunicación de presentación dirigida a la Municipalidad Provincial de Urubamba, la Contraloría señaló mediante Oficio N.° 000217-2025-CG/TRACO lo siguiente:
“Me dirijo a usted en atención a la normativa vigente, con la finalidad de hacer de su conocimiento que esta Entidad Fiscalizadora Superior ha dispuesto la realización de un Servicio Relacionado de Recopilación de Información, con relación a las acciones dispuestas y ejecutadas por su representada, vinculadas al procedimiento llevado a cabo para la Contratación del servicio de transporte y traslado terrestre de pasajeros en la ruta de acceso Llaqta Machu Picchu y/o Hiram Bingham; designándose al equipo de recopilación: Juan Carlos Arzola Tong y Carlos Baldera Morán. En tal sentido, agradeceré se sirva brindar las facilidades del caso al equipo que se acredita para el logro de los objetivos establecidos”.
En cuanto a la normativa, se precisa que la Contraloría actúa de acuerdo con:
a) Literal m) del artículo 9 y literal a) del artículo 22 de la Ley N.° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República.
b) Normas Generales de Control Gubernamental, aprobadas por Resolución de Contraloría N.° 295-2021-CG.
c) Directiva N.° 019-2022-CG/GMPL, “Servicio Relacionado Recopilación de Información”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N.° 284-2022-CG, de fecha 23 de agosto de 2022.
Información brindada por el Decano del ICAC
Cabe recordar que el pasado domingo, el decano del Colegio de Abogados del Cusco, Franz Chevarría, en entrevista en el programa Debate de RTV El Diario, precisó:
“Lo ha dicho el propio alcalde de Urubamba, se ha entregado la adjudicación a la empresa San Antonio de Torontoy, pero hay un tema que necesariamente debemos señalar: para un proceso no competitivo la Ley de Contrataciones establece una serie de procedimientos que cumplir. La Ley dispone que este tipo de contrataciones se realizan cuando hay situaciones de peligro inminente no previsibles, un incendio o un terremoto. Nosotros estamos en una situación que conocemos hace semanas; más aún, la propia Ley establece que se debe publicar informes técnicos y legales que sustenten la decisión, y que deben estar publicados en los portales web del sistema de contrataciones del Estado”.
Aclaró que una autoridad no puede “de buenas a primeras” señalar a la empresa o persona que se hará cargo de un servicio como este. “Tiene que cumplir una serie de procedimientos que, a la fecha, no sabemos ni se ha informado; esto debe esclarecerse”, dijo.