El Poder Judicial declaró nulo el auto de enjuiciamiento contra la excandidata presidencial Keiko Fujimori y otros implicados en el caso “Cócteles”, por la presunta comisión del delito de lavado de activos en agravio del Estado. La resolución fue emitida por el Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria, presidido por el juez Wilson Verástegui Gálvez, quien dispuso que el proceso retorne a la etapa intermedia o de control de acusaciones.
Esta decisión se tomó en cumplimiento de la sentencia N.º 327/2024 del Tribunal Constitucional (TC), que ordenó anular la acusación fiscal y el auto de enjuiciamiento emitidos contra José Chlimper, exsecretario general de Fuerza Popular, y extendió sus efectos a los demás investigados, incluida Keiko Fujimori. Como consecuencia, se declaró nulo de oficio tanto el auto de enjuiciamiento como el requerimiento acusatorio formulado por el Ministerio Público en marzo de 2021, retrotrayendo el proceso a la etapa intermedia para que se formule una nueva acusación conforme a los criterios del TC.
El juzgado exhortó expresamente al fiscal a seguir “de manera escrupulosa” lo ordenado en la sentencia constitucional para evitar nuevas nulidades que puedan dilatar el proceso. Además, se declaró la “sustracción de la materia” respecto al pedido de sobreseimiento presentado por José Ricardo Martin Briceño Villena, debido a que el requerimiento acusatorio en el que se basaba ya no existe legalmente tras ser declarado nulo.
Cabe destacar que, apenas un día antes de esta resolución, el Equipo Especial Lava Jato del Ministerio Público presentó una nueva acusación penal contra Keiko Fujimori, solicitando 35 años de prisión por lavado de activos y otros delitos.
El caso “Cócteles” está vinculado a presuntos aportes irregulares que Fuerza Popular habría recibido para sus campañas electorales de 2006 y 2011, justificados mediante actividades como cócteles, y es investigado desde 2014 por el Equipo Especial Lava Jato.