La ministra de Educación, Miriam Ponce Vértiz, informó que el Poder Ejecutivo no observará el proyecto de ley que elimina lenguaje inclusivo en los textos escolares, aprobado por el Pleno del Congreso. “No se va a observar, yo creo que ha habido ya un informe del Ministerio de Educación. Yo siempre lo he dicho, yo estoy abierta al diálogo, pero hay posiciones que plantean algunas cosas y otras que se plantean diferente”, señaló.
La ministra Ponche indicó que le gustaría conversar acerca del uso de los artículos y lo que ello implica, en ese sentido, consideró que «la inclusión no pasa por utilizar o malutilizar el artículo realmente”.
“Cuando yo me refiero a un grupo de personas o a objetos, hay un artículo que define el uso que se tiene que hacer, hay que facilitar también el aprendizaje de los alumnos”, agregó.
Se debe precisar que el Congreso aprobó con 78 votos a favor, 21 en contra y 5 abstenciones, el proyecto que propone la eliminación del lenguaje inclusivo en los textos escolares, a fin de evitar su desdoblamiento innecesario, para referirse a mujeres y hombres.
Se entiende como desdoblamiento innecesario del lenguaje inclusivo la mención a ambos géneros en el mensaje cuando exista un término genérico que ya incluye a ambos, como en los casos: «Los niños y las niñas» o «los y las niñas», entre otros.
La legisladora María Jáuregui Martínez (RP), autora de la iniciativa de ley, manifestó que algunos términos como “los”, “las”, entre otros desdoblamientos, del lenguaje no ayuda a la formación de los niños y se estaría haciendo un mal uso del lenguaje inclusivo.
Al sustentar el dictamen, el congresista de la bancada de Perú Libre José Balcázar Zelada), presidente de la Comisión de Educación, dijo que el proyecto busca facilitar la comunicación y el entendimiento del mensaje oral y escrito, en especial en personas con trastornos de aprendizaje específico, de conformidad con las reglas de la gramática y la lingüística.
La iniciativa legislativa tiene por objeto modificar el artículo 4 de la Ley 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, con la finalidad de precisar el correcto uso del lenguaje inclusivo, de acuerdo con los alcances de la Real Academia de la Lengua Española, entre otros aspectos.
También se señala que las menciones hechas en el lenguaje oral o escrito utilizados en el sector público, referidas a personas, titulares de funciones y responsabilidades en el Estado, no hacen discriminación alguna entre mujeres y hombres, en concordancia con lo establecido en el numeral 3 del artículo 4 de la Ley 28983, Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.