Queda evidenciado trafico de sitios en calles de la ciudad y hay personas que cobran cupos
En el Ministerio Publico está abierta la Carpeta Fiscal 1182 – 2023 mediante el cual se resuelve la investigación contenida en la carpeta fiscal Nro. 1107-2023, en el proceso seguido en contra de Palmiro Mujica Peralta, presidente de la asociación de artesanos productores de la región Cusco «Manos Cusqueñas»; Karina Arapa Gómez, secretaria y tesorera de la misma asociación y Raúl Huamán Huamán, designado fiscal de la asociación de artesanos productores de la región Cusco «Manos Cusqueñas.
Estas tres personas han sido denunciados por la presunta comisión del delito contra el patrimonio, en la modalidad de apropiación ilícita, sub tipo apropiación ilícita, previsto en el artículo 190° del Código Penal; y por la presunta comisión del delito de fraude en la administración de personas jurídicas, en la modalidad de administración fraudulenta, previsto en el artículo 198° del Código Penal y por la presunta comisión del delito contra la fe pública, en su modalidad de falsificación de documentos en general, sub tipo falsificación de documento público, previsto en el artículo 427° del Código Penal, en agravio de la asociación de artesanos productores de la región Cusco «Manos Cusqueñas»
La denuncia ha sido presentada por los ciudadanos Humberto Arapa, Lidy Chávez e Hilda Martínez, quienes en su calidad de artesanos, expedían sus trabajos, en las calles aledañas al distrito de Santiago, tras el desalojo implementada por el gobierno municipal de Santiago, señalan que decidieron conformar una asociación con fines y propósitos en común, de lo cual los “miembros del consejo directivo hacen uso y abuso de sus funciones”.
COBROS EXTRAÑOS
Se ha llegado a conocer por diversas versiones que los encausados habrían pedido cuotas con el propósito de “gestionar” terrenos para reubicar a los comerciantes, se dice que se habría captado un monto superior a los 200 mil soles, de los cuales ahora solo hay alrededor de 16 mil soles, el resto de dinero ha desaparecido, ha trascendido que se señala que hubo gastos como gestiones, tramites, reuniones con autoridades entre otras justificaciones. Estos es materia de la investigación fiscal.
EVIDENCIA QUE SE COBRAN CUPOS
Este caso que esta en el Ministerio Publico, además evidenciaría que hay ciudadanos que se autodenominan “dirigentes” para manejar grupos de personas para ocupar calles y plazas públicas llegando a obtener “pingues ganancias” a costa del sacrificio de los ambulantes, se señala que en las denominadas “ferias de reactivación”, los “dirigentes” hacen las gestiones para ocupar los espacios públicos ante las autoridades municipales, pagan por derecho un promedio de 20 soles, pero a los comerciantes ambulantes les cobran entre 300 y 500 soles por puesto, bajo el pretexto de brindar servicios de seguridad, limpieza y “cubrir costos” por las gestiones hechas ante funcionarios de las municipalidades.
Otro sector de “dirigentes” cobran cupos a determinado grupos de personas para ocupar calles del centro, les cobran diariamente entre 5 y 10 soles bajo el pretexto de permitirles desarrollar sus actividades comerciales en las calles y que el pago es para evitar que los desalojen así como darles “seguridad”. Estas modalidades evidencian que hay personas que se aprovechan del comerciante ambulante para obtener ingentes ingresos sin trabajar utilizando para ello las calles y plazas que nos pertenecen a todos.
ACCION DEL MINISTERIO PUBLICO
En el caso que hemos detallado el imputado Palmiro Mujica Peralta, en presencia obligatoria de su abogado defensor o en su defecto del abogado defensor público y con las formalidades establecidas en los artículos 71° y 72° del Código Procesal Penal, hoy artes 18 de julio del 2023, a horas 09:00 de la mañana, deberán concurrir al Segundo Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, ubicado en la oficina Nro. 306, de la sede central del Ministerio Público, ubicado en la avenida Pedro Vilca Apaza Nros. 313-315, del distrito de Wanchaq; bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente en caso de inconcurrencia injustificada, conforme a lo previsto por el articulo 66° del Código Procesal Penal, de igual forma sus coacusados Karina Yaneth Arapa Gomez, deberá acudir en las mismas condiciones a las 11:00 de la mañana y Raúl Huamán Huamán a las 15:00, en el marco del proceso investigatorio.