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viernes, octubre 4, 2024

Presentan proyecto que busca actualización del padrón de beneficiarios de programas sociales

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Fue presentado un proyecto de ley que busca la actualización, de forma periódica, del padrón de beneficiarios de los programas sociales de asistencia alimentaria que maneja el Poder Ejecutivo. Según el proyecto de ley 1847/2021-CR, cuya autora es la congresista Hilda Portero, el objetivo es brindar la base legal para la actualización permanente de los padrones de beneficiarios.

La propuesta establece que los procesos periódicos de actualización se deberán encargar al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) por ser el órgano especializado con apoyo de universidades que participaran mediante la suscripción de convenios interinstitucionales con el INEI para poner a disposición sus estudiantes, quienes apoyarán en las tareas de campo y recojo de información, y a quienes el instituto les extenderá al final un certificado equivalente a un punto válido para los concursos de plazas laborales que convoque el Estado, así como se le reconozca este tiempo como experiencia profesional.

Los procesos de actualización se realizarán con un intervalo quinquenal. Asimismo, la capacitación relacionada a las actividades a realizar estará a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), a través de la Dirección General de Focalización.

La información obtenida será entregada totalmente al Midis a través del Sistema de Focalización de Hogares – Sisfoh, que dispondrá de un sistema de intranet con acceso para las municipalidades, gobiernos regionales, Ministerio de Salud y otras instituciones públicas que administren programas de asistencia alimentaria cuya data se encuentre en este padrón.

La propuesta legislativa también dispone la creación del Padrón Nacional Único de Beneficiarios de los Programas de Asistencia Alimentaria que será administrado por el Midis a través del Sisfoh.

Todos los beneficiarios incluidos en el padrón deberán ser registrados en el Seguro Integral de Salud (SIS), por lo que se deberá respetar la actualización periódica a que hace mención la presente ley.

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