El pleno del Congreso de la República aprobó por mayoría el dictamen con el que interpretar los alcances de los artículos 132 y 133 de la Constitución para definir sobre qué temas el Poder Ejecutivo puede plantear ante el Parlamento una cuestión de confianza.
Fueron 74 los votos a favor de la iniciativa emitida desde la Comisión de Constitución y Reglamento. 41 parlamentarios se manifestaron en contra y tres se abstuvieron. Asimismo, con 80 votos a favor y 40 en contra, se exoneró a esta de pasar por la segunda votación que le correspondía por su naturaleza.
La presidenta del mencionado grupo legislativo, Patricia Juárez (Fuerza Popular) expuso el dictamen y coordinó el texto final del dictamen aprobado.
La norma interpretativa señala en su artículo único, que la facultad del titular del gabinete ministerial y de los ministros de plantear cuestiones de confianza, debe ceñirse “a materias de competencias del Poder Ejecutivo relacionadas directamente a la concreción de sus políticas de gobierno”.
Se indica además que no se podrá plantear la cuestión de confianza sobre “la aprobación o no de reformas constituciones o que afecten a procedimientos y competencias exclusivas y excluyentes del Congreso o de otros organismos constitucionalmente autónomos».
En las disposiciones complementarias del dictamen se deja constancia que “solo el Congreso puede interpretar el sentido de la decisión” adoptada en la votación. En ese sentido, Juárez indicó que queda anulada la figura de la “negación fáctica” respecto al pedido de confianza.
DICTAMEN EN MINORIA
Frente al dictamen aprobado, se planteó otro, en minoría, el cual fue sustentado por el parlamentario Edgard Reymundo (Perú Libre). Este advirtió que la iniciativa de la Comisión de Constitución representaba en la práctica una modificación constitucional.
En ese sentido, indicó que se pretendía “sacar la vuelta” a la normatividad vigente, a través de una interpretación de artículos constitucionales en los que –dijo- “no hay vacío, imprecisión o ambigüedad”.