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jueves, febrero 13, 2025

Retendrán brevete e impondrán multa de 6 mil 450 a choferes con vehículos sin autorización

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La Policía Nacional retendrá el brevete y la tarjeta de propiedad e impondrá una multa de S/ 6,450 a los conductores que transiten con su vehículo sin autorización los domingos, durante la inmovilización social obligatoria. Así lo aseguró el teniente general PNP Jorge Lam, subcomandante general de la Policía Nacional, al explicar que la multa corresponde a la infracción de tránsito M-41, considerada «muy grave».

«Es una infracción muy cara, pero no la evitemos por su valor económico, sino porque debemos respetar las disposiciones del Gobierno para contener el contagio del coronavirus covid-19», subrayó en el programa Andina al día.

Comentó que luego de la imposición de la multa y la retención de los documentos, el agente de la Policía Nacional dejará que el conductor siga su marcha hacia su destino sabiendo que no podrá volver a conducir hasta que pague la multa.

Lam recordó que la inmovilización social obligatoria rige no solo los domingos, sino todos los días entre las 22:00 y 04:00 horas, tiempo durante el cual la población no puede circular, salvo en situaciones de emergencia.

Precisamente, el ministro del Interior, Jorge Montoya, exhortó a la población a respetar las medidas establecidas por el Poder Ejecutivo respecto a la inmovilización social obligatoria los domingos y evitar así el incremento de contagios del coronavirus covid-19 en el país.

En ese sentido, indicó que la Policía Nacional, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, hará cumplir las normas establecidas por el Gobierno y saldrán «todos los efectivos que sean necesarios» para resguardar y proteger a la población.

Personas que incumplan toque de queda los domingos serán detenidas y pagarán multa

Las personas que incumplan la inmovilización social obligatoria los domingos serán detenidas y recibirán multas económicas, informó el ministro del Interior, Jorge Montoya, quien exhortó a la población a cumplir las restricciones y las medidas dispuestas en prevención del covid-19. Vea aquí la galería fotográfica

Durante una visita a la División de Emergencia de la Policía Nacional del Perú (PNP) detalló que las multas contra quienes vulneren las restricciones oscilan entre los 86 y los 430 soles, montos equivalentes al 2 % y 10 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

“En caso de que se encuentren vehículos transitando (en el horario de restricción) la multa será más fuerte para aquellos que no cuenten con autorización: 6,250 soles (…). También están prohibidas las reuniones familiares, no solo los domingos, sino todos los días”, remarcó.

También recalcó que el derecho a la inviolabilidad del domicilio se encuentra restringido, de manera que los agentes de la Policía están facultados por ley para ingresar, incluso por la fuerza, a aquellas viviendas donde se detecte aglomeración de personas o reuniones de carácter familiar o social. A esto se suma la posibilidad de detener a los infractores y conducirlos a las comisarías correspondientes, sin que ello implique exonerarlos del pago de la multa respectiva.

CON FIRMEZA, PERO SIN ABUSOS

Montoya subrayó, además, que el personal policial redoblará sus esfuerzos para intensificar los operativos destinados a garantizar el estricto cumplimiento de las normas establecidas por el Gobierno y, en ese contexto, se actuará con energía y firmeza, pero sin incurrir en abusos. “Vamos a actuar con energía, pero, como ya me escucharon, sin abusar”, indicó el ministro.

La labor policial implicará la salida de “todos los efectivos que sean necesarios” y contará con el apoyo de las Fuerzas Armadas, mencionó.

Transporte de carga no se detendrá los días domingo preciso en el MTC

El abastecimiento de carga y mercancía está garantizado a nivel nacional. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) destacó que es una prioridad que no exista ningún tipo de restricción en la distribución de alimentos y combustible. La inmovilización social obligatoria de los domingos para evitar la propagación del covid-19 no restringe al transporte de carga y mercancías, tampoco a todas las actividades conexas.

Asimismo, están autorizados los servicios prestados por agencias generales, marítimas, de aduanas, de carga. También a los operadores logísticos, proveedores de precintos aduaneros, de material de embalaje, empresas de custodia vehicular, inspectores de carga, prestadores de envío de documentos, grúas remolque, talleres de mantenimiento vehicular y almacenes.

De igual manera, se incluyen a las personas encargadas de brindar el servicio de telecomunicaciones (excluyéndose gestión de ventas en oficinas comerciales y puntos de venta), así como las actividades de instalación de infraestructura para dicho rubro.

En la lista también está consentida la construcción de redes de comunicaciones que forman parte de los proyectos del Programa Nacional de Telecomunicaciones (Pronatel). Así como las actividades vinculadas a la reparación y mantenimiento para garantizar la continuidad de los servicios de telecomunicaciones.

Los servicios postales y de mensajería también están autorizados.

Igualmente, la prohibición no rige para el personal que brinda servicio de transporte urbano ni para el personal que se encargan de trasladar a los choferes que brindan ese servicio.

Pueden circular las personas encargadas de entregar a domicilio equipos para la activación de líneas móviles.

Aquellos que brindan servicios y realizan actividades vinculados a la fase de reactivación como el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad están autorizados para trasladarse los domingos.

Asimismo, está permitido la movilidad de los vehículos particulares del personal médico, de bomberos y de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que están autorizados.

Cabe anotar que todas las personas autorizadas deberán generar el pase vehicular respectivo www.gob.pe/paselaboral que será emitido por la Policía Nacional del Perú.

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